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lunes, 12 de enero de 2009

AGENCIA DE MULTISERVICIOS:(ABOGADOS)


ABOGADOS EXPERTOS EN DIVORCIOS:

Abogados especialistas en el nuevo derecho matrimonial.

El quiebre en la relación de pareja,provoca traumas y genera conflictos,muchos de los cuales usted no puede solucionar.

Deje en manos de expertos la solución de los problemas legales que ha generado su ruptura matrimonial, con especialistas con vasta experiencia en los nuevos procedimientos regulados por la nueva Ley de Matrimonio Civil, quienes atenderán su caso con la discreción, sensibilidad y celo profesional propio de este tipo de trances.

¿QUE ES UNA DEMANDA? Documento que se presenta en el juzgado de familia pertinente y que tiene como objeto principal el obtener diversas pretensiones.

¿QUE ES EL DIVORCIO?
El divorcio es la disolución legal de su matrimonio. Una vez declarado el divorcio ya no se encuentra casado/a legalmente a su esposo o esposa. Es un importante paso en su vida pero que muchos otros ya han tomado. A su vez, existen una serie de derechos y obligaciones que terminan con dicha declaración, sin embargo existen una serie de otros derechos y obligaciones que podrían nacer con el mismo,como por ejemplo la obligación para pagar alimentos, compensaciones visitas u otros.

¿ESTOY DE ACUERDO CON MI CONYUGUE PARA DIVORCIARME?
¿TENEMOS LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA HACERLO?

Esto depende. Nuestra Ley de Matrimonio Civil ha introducido la posibilidad de que los cónyuges se divorcien de mutuo acuerdo cumpliendo los siguientes requisitos:

1.- Que acrediten que ha cesado su convivencia por el plazo mayor de 1 año.
2.- Plazo no interrumpido por la reanudación de la vida en común.

NO LOGRO OBTENER EL ACUERDO DE MI CONYUGUE PARA DIVORCIARME,NO OBSTANTE DE ESTAR
SEPARADO(A) DE HECHO,PUEDO INTENTAR LA ACCIÓN DE DIVORCIO ?


Nuestra nueva legislación ha establecido el divorcio unilateral, esto es, que uno de los cónyuges intente la acción de divorcio sin el acuerdo o consentimiento del otro.
Para esto la Ley de Matrimonio Civil ha regulado 2 tipos de divorcio unilateral, el primero llamado divorcio con “culpa”, y el segundo divorcio unilateral propiamente tal.Para que uno de los cónyuges pueda demandar la declaración judicial del divorcio por “culpa” se necesitan los siguientes requisitos:

1.- Falta imputable al otro cónyuge.
2.- Que la falta constituya una violación grave:
a) de los deberes y obligaciones que impone el matrimonio a los cónyuges, o,
b) de los deberes y obligaciones para con los hijos.
3.- Que la falta, haga intolerable la vida en común.

A su vez y para que uno de los cónyuges pueda demandar la declaración judicial de divorcio “sin culpa”, será cuando se verifique un cese efectivo de la convivencia conyugal durante el transcurso de por lo menos tres años.


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